«Hoy es el día de la infamia»

EL TRIBUNAL DE 
ESTRASBURGO TUMBA LA «DOCTRINA PAROT»


 

El PSOE colocó al juez López Guerra tras pactar con ETA derogar la «Parot»




El tribunal europeo de Derechos Humanos ha confirmado que España violó los derechos de la etarra Inés del Río al aplicarse la «doctrina Parot» cuando tenia fijada ya una fecha de excarcelación. Esto supondrá la inmediata excarcelación de mas de medio centenar de etarras. La decisión ha sido adoptada por 15 votos a favor y dos en contra.La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos exigió hoy a España la puesta en libertad de la presa etarra Inés del Río Prada con una sentencia definitiva, que no puede ser objeto de recurso, y que anula para ella la "doctrina Parot".
Este dictamen sólo hace referencia a Inés del Río y no al resto de 76 presos cuyo encarcelamiento se ha prolongado por la "doctrina Parot".
En cualquier caso, está previsto que la Corte Europea falle en los próximos meses sobre una treintena de demandas contra España de presos afectados por esa doctrina.
La sentencia de los 17 jueces de la Gran Sala dice que España vulneró dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: por unanimidad el 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) y, por 15 votos contra 2, el artículo 7 (No hay pena sin ley).
El propio Mahoney y el juez bosnio Faris Behabovic mostraron su desacuerdo porque "no creen que la pena infligida a la demandante se haya endurecido por la decisión por la que se quejaba, a pesar de que haya tenido un efecto considerable en la duración de su encarcelamiento".
El mayor desacuerdo entre los jueces de la Gran Sala se ha centrado en la indemnización que España habrá de abonar a Del Río y que la sentencia de Sala la fijó, en julio de 2012, en 30.000 euros por daños morales y 1.500 euros por gastos y honorarios.
Diez magistrados de la Gran Sala apoyaron esos 30.000 euros en concepto de daños morales, mientras siete expresaron su desacuerdo ya que opinan que la vulneración constatada y la medida solicitada al Gobierno "constituyen en sí una indemnización suficiente". La demandante había solicitado 60.000 euros por daños morales.
La Corte europea concluyó que, desde que se le aplicara la "doctrina Parot" hace más de 5 años, la miembro de ETA "ha sido objeto de una privación de libertad irregular".
Por ello y vista "la necesidad urgente de poner fin a las vulneraciones constatadas, el Tribunal estima que corresponde a las autoridades españolas garantizar la libertad de Del Río Prada a la mayor brevedad posible".
La puesta en libertad de la demandante estaba prevista para el 2 de julio de 2008, pero la Audiencia Nacional, en aplicación de la "doctrina Parot", fijó para el 27 de junio de 2017 la nueva fecha de excarcelación.
Según el fallo, la demandante "no podía prever" que se modificara la jurisprudencia con la "doctrina Parot", ni que "la Audiencia imputaría las redenciones de pena otorgadas a cada una de las penas impuestas por separado y no a la pena máxima de 30 años".
Esa doctrina se basa en una sentencia del Tribunal Supremo de febrero de 2006, por la que "la ejecución de la totalidad de la condena (...) comenzará con las penas más graves" y los beneficios penitenciarios se aplicarán individualmente para cada una de ellas, y no sobre el máximo legal de 30 años de permanencia en prisión.
En la práctica, eso se traduce en que el tiempo de encarcelamiento se alargue.
Del Río (Tafalla, 1958) fue detenida en julio de 1988, cuando se dirigía en un vehículo con 35 kilos de amonal a Torremolinos (Málaga) para iniciar una campaña veraniega de atentados en la Costa del Sol.
Fue condenada a más de 3.000 años de cárcel; 2.232 correspondieron a la ayuda que prestó al Comando Madrid, liderado por Ignacio de Juana Chaos, para perpetrar el atentado contra un convoy de la Guardia Civil en la plaza madrileña de la República Dominicana, que costó la vida a 14 agentes.
A la lectura de la sentencia por parte del presidente del Tribunal de Estrasburgo, Dean Spielmann, no asistieron representantes de las asociaciones de víctimas del terrorismo ni de partidos que han apoyado a la demandante.
En representación del Estado, estuvo presente el embajador español ante el Consejo de Europa, Fernando Alvargonzález.



Domingo Troitiño, uno de los etarras que perpetró la matanza de Hipercor es uno de los 61 reclusos de la banda que pueden salir de la cárcel tras derogarse la doctrina Parot. A ellos se añaden una decena de delincuentes con tres o más condenas como Miguel Ricart, uno de los asesinos de las niñas de Alcàsser.
Seis meses después de que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) analizara el recurso de España contra el fallo del tribunal, -en julio avaló excarcelar e indemnizar con 30.000 euros a la etarra Inés del Río-, los 17 magistrados de la Corte Europea han rechazado la petición de la Abogacía del Estado.
De esta forma, vuelven a dar la razón a Del Río, miembro del "comando Madrid" condenada a más de 3.000 años de cárcel por 23 asesinatos.
Su puesta en libertad estaba prevista en julio de 2008. Fue entonces cuando la Audiencia Nacional decidió que saldría de prisión en 2017 en aplicación de la doctrina Parot, avalada dos años antes por el Tribunal Supremo.
Una jurisprudencia -toma su nombre del etarra Henri Parot- que obliga a computar los beneficios penitenciarios sobre el total de las penas y no sobre el límite máximo de cumplimiento de 30 años, lo que supone un alargamiento de la estancia en la cárcel.
Y aunque Estrasburgo solo ha dictaminado sobre el caso Del Río en la práctica su decisión tendrá consecuencias en todos aquellos supuestos que se encuentran en la misma situación jurídica que Del Río, si bien son los tribunales españoles los que tienen que aplicar lo que dicta la corte europea.
Entre los beneficiarios figuran además de los mencionados, una lista de más de60 presos etarras, seis miembros de los Grapo, o quince delincuentes con tres o más condenas.
De los presos etarras que recurrirán su puesta en libertad de inmediato estánJuan José Zubieta, condenado a 1.309 años por el atentado en 1991 contra la casa cuartel de Vic (Barcelona) que causó la muerte de 11 personas, entre ellas cinco niños.
También Juan José Legorburu "Txato", condenado a 746 años por diversos atentados y ocho asesinatos, entre ellos el del jefe de la Policía Municipal de Amorebieta (Vizcaya) en 1979; Juan Carlos Arruti "Paterra", que cumple una pena de más de 1.200 años por catorce asesinatos, o José Antonio López "Kubati", condenado, entre otros atentados, por el asesinato de la etarra "Yoyes".
Santiago Arrospide "Santi Potros", jefe del aparato militar y condenado como inductor del atentado de Hipercor, o Juan Lorenzo Lasa Mitxelena "Txikierdi", con seis asesinatos y 374 años de condena, también figura entre los 61 presos.

 


De la derogación de la doctrina Parot también podrán beneficiarse criminales como Pablo Manuel García Ribado, condenado a más de 1.700 años de prisión por 74 violaciones entre 1990 y 1993, conocido junto con Antonio Barroso como los "violadores del portal" porque agredían a las mujeres cuando entraban en sus domicilios.
Miguel Ricart, que ayudó a Anglés a enterrar a Miriam, Toñi y Desiree, las niñas de Alcásser; José Antonio Seco Martínez, «asesino de Villarrobledo»: condenado a 90 años de prisión por los tres asesinatos que cometió en esta localidad de Albacete entre 1991 y 1993; Joaquín Villalón Díez, «asesino señorito»: Descuartizador y asesino de transexuales, casado con una mujer lesbiana que le obligada a pintarse y vestirse de mujer, dejó embarazada a su amante, a la que estranguló y descuartizó, abandonando su cadáver en un monte; Pedro Luis Gallego, «violador del ascensor»: El mecánico de ascensores que aprovechaba cada permiso para violar, o Félix Vidal Anido, «violador del estilete»: Las arrastraba del pelo hasta lugares escondidos
Otro ejemplo es el de Juan Manuel Valentín Tejero que secuestró, violó y asesinó a la niña de 9 años Olga Sangrador en 1992 en Villalón de Campos (Valladolid).
El pasado mes de marzo el Supremo confirmaba la decisión de la Audiencia de Valladolid de que Valentín Tejero cumpliera cárcel hasta 2025 en virtud de la doctrina Parot, aunque inicialmente su condena (50 años) quedaba extinguida en marzo de 2012.
Figuran también Pedro Gallego, el violador del ascensor, con 18 violaciones y dos asesinatos, o Miguel Ricart, uno de los autores del asesinato de las tres niñas de Alcàsser condenado a 170 años de prisión.
Además de estos, podrían ser excarcelados siete miembros de los Grapo, entre ellos Guillermo Vázquez Bautista, condenado a casi 260 años de cárcel por el asesinato de dos guardias civiles en Gijón en 1989.
Lo mismo ocurriría con Ismael Miquel Gutiérrez, jefe del comando de los GAL que asesinó a un ciudadano francés en 1985, o con Josefa Rodríguez Porca, miembro del Ejército Guerrillero del Pueblo Gallego (EGPG) y condenada a 84 años de prisión por el asesinato de un guardia civil en 1989.

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